¡Alto ahí!
Preocupan
las manifestaciones de Gustavo Petro sobre su intención de convocar una
Asamblea Nacional Constituyente.
La
Constitución de 1991 en cuya redacción fue tan activo el M19 de Petro prescribe
el procedimiento para presentar un proyecto de ley que convoque una
constituyente con una fórmula que ahora no le gusta porque no ha podido pasar
sin discusión un proyecto político que cambia varias de las características de
nuestro contrato social: La salud, las pensiones, la educación, el trabajo, la
justicia y la estructura del Estado.
Petro juró
observar la Constitución del establecimiento que lo perdonó y le dio la
oportunidad de ser presidente de la República. El mismo establecimiento que lo
tuvo preso por porte ilegal de armas y que lo vinculó a un proceso por la toma
del Palacio de Justicia en el que se consumó el aberrante magnicidio de
asesinar los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y quemar los
expedientes del archivo de esa suprema, acto financiado con los infames dineros
del narcotráfico.
Ha
disfrutado las mieles de pertenecer al sistema: Después de su reincorporación, fue
nombrado asesor de la Gobernación de Cundinamarca; por elección popular,
representante a la Cámara, senador de la República, alcalde de Bogotá y dos
veces candidato presidencial en una de las cuales fue senador por el Estatuto
de Oposición y en la otra fue elegido presidente.
En su campaña presidencial hizo un memorable discurso en el que se comprometió a cinco cosas específicas:
- No habrá reelección para la Presidencia.
- Compromiso con la justicia, sin buscar venganzas personales ni beneficios propios.
- Superar la crisis económica y social mediante políticas austeras.
- Respeto a las leyes, a la constitución y a la propiedad privada.
- Lucha contra la corrupción.
En otras
intervenciones, entre otras cosas ha afirmado que no convocará una Asamblea
Constituyente y que respetará otros puntos sensibles de la Constitución de 1991,
la suya y del M19.
El
presidente tiene un fuero especial para garantizarle independencia y capacidad
de gobernar sin intromisiones de carácter político. No puede ser perseguido ni
juzgado por delitos, sino en virtud de acusación de la Cámara de Representantes
y cuando el Senado haya declarado que hay lugar a formación de causa. La única
excepción es la violación de los límites de inversión en campaña, casi
comprobados, pero para leguleyadas Colombia es campeona. Es muy difícil que un
presidente sea condenado. ¿Eso le da facultad de mentir, de faltar a su palabra
o de ser incoherente? Definitivamente no.
Miente, se
desdice, se contradice y se declara en campaña para promover una constituyente
por fuera de la Ley y esa sí es una línea roja que no podemos dejar quebrantar
sin pronunciarnos y actuar con firmeza, con una sola palabra: ¡Alto ahí!